16 de mayo 2019
El juzgado de lo penal nº6 de Málaga condena a un pretendido agente inmobiliario por quedarse con la señal entregada por un cliente.
El juzgado considera probado que el cliente entregó primero 300,00 euros al iniciar la búsqueda del piso, y finalmente se le requirió y entregó 3.300,00 euros más para lo que se suponía iba a emplearse para cerrar una operación que finalmente se frustró, por causa ajena al cliente, negándose el intermediario a devolver lo entregado.
En este asunto la acusación particular fue dirigida por el departamento de derecho penal de Ley 57 Abogados, cerrando con esta condena un expediente en el que el acusado pretendía, y así reconoció en el juicio, quedarse con los ahorros de su cliente en concepto de honorarios, sin que existiera tal acuerdo.
La sentencia condena al acusado a un año y nueve meses de prisión, a reintegrar los 3.300,00 euros indebidamente retenidos, con intereses, y a las costas del juicio.
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