Hoy 13 de septiembre, a las 17:00, y organizado por Editorial Ley 57, única editorial jurídica de la provincia y con sede en la población malagueña, y patrocinado por Gobid.es, congrega a los mejores especialistas del país para debatir entorno al primer año de vigencia de la reforma concursal que cambió radicalmente el proceso de segunda oportunidad de las familias endeudadas.
Intervienen como ponentes:
Jose María Casola (LAJ Juzgado Mercantil 3 Málaga)
Fernando Santiso (LAJ Juzgado Mercantil 3 A Coruña)
Ana Armijo. Abogada. Administradora concursal. Talento abogados.
Carlos Cómitre Abogado. Administrador Concursal. Responsable del área de insolvencia de Ley 57.
MATERIAS A DEBATE:
– Conveniencia para deudor y acreedores de acudir al concurso sin masa o al Epi con plan de pagos;
– Concurso sin masa de persona física y embargos previos;
– Cuestiones prácticas relacionados con la vivienda.
– Exoneración de crédito público que no es de la AEAT ni TGSS
– La problemática de los créditos ICO.
– Cuestiones prejudiciales planteadas… (Qué esperamos de Europa?
– Análisis de la realidad de los tribunales. Lo que la ley no dice y los juzgados interpretan.
– ¿Cómo reaccionan los acreedores?
La Ley de Segunda Oportunidad, que llegó a España en el año 2015, aunque inicialmente tenía un efecto más limitado al tener que pasar en todo caso por liquidar el patrimonio, fue modificada en septiembre de 2022 para adaptarla al contenido de la Directiva comunitaria 2019/1023 con varias polémicas que afectan a la excesiva protección del crédito público y a su tramitación y efectos.
Se trata de una norma que, sin embargo, ha permitido desde su vigente regulación, que en el territorio nacional 16.000 personas hayan conseguido salir de la insolvencia consiguiendo pronunciamientos judiciales que les han «exonerado» (declaración judicial que libera de las cargas) de las deudas que las familias no alcanzaban a poder pagar, afrontando embargos y reclamaciones que les obligaban a vivir en un estado de «muerte civil», al no poder siquiera mantener una cuenta abierta sin que fuera embargada.
El perfil medio de candidatos y candidatas a la segunda oportunidad suelen ser familias de mediana edad, con hijos o sin ellos, e incluso pensionistas, que bien por haber tenido un negocio ruinoso, o bien por haber avalado a esos negocios o a sus familias, han generado deudas (la media podría establecerse en los 50.000 euros, con excepciones que han llegado a los 5 millones de euros) con entidades financieras, tarjetas y microcréditos que se han retroalimentado (se contratan unas para pagar otras) que superan su capacidad de pago, habiendo sido expulsadas del mercado de crédito.
Dentro de estas 16.000 personas casi 10.000 llegaron al concurso de acreedores ya sin ningún bien a su nombre, lo que se conoce como «concurso de acreedores sin masa», situación más simple de tramitar que el concurso ordinario.
La exoneración alcanza a la mayoría de los créditos, salvo a los considerados «privilegiados» y «contra la masa» (Que son los que se generan a partir de la propia declaración de concurso) y con algunos límites en lo que respecta a hacienda y seguridad social.
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