Condenan a CaixaBank a indemnizar con 34.000 a una malagueña que compró un piso en Manilva por su no entrega.

18 de febrero 2020

El juzgado de Primera Instancia nº 7 de la capital dicta sentencia que además impone los intereses y las costas a la entidad.

El litigio se remonta a 2008, cuando la perjudicada acude a la urbanización, en Manilva, lugar cercano a su trabajo de entonces, y se encuentra con que las obras están semi abandonadas, levantando acta notarial del estado de las mismas.

 

Para entonces la promotora ya había incumplido su plazo de entrega y no respondía a sus requerimientos de devolución de lo que eran todos los ahorros de una vida de trabajo y sacrificio.

 

Tras una sentencia contra la promotora, la carga financiera de la urbanización impidió su ejecución, y la promotora no era titular de más bienes.

 

Fue en 2015 cuando el despacho Ley 57 Abogados, coordinador de la plataforma SOS Vivienda (Teléfono gratuito 900 64 92 90) dirigió su reclamación a la entidad bancaria, considerada responsable por la reiterada doctrina del Tribunal Supremo por las cantidades anticipadas por los clientes sobre viviendas en construcción.

 

La sentencia, notificada ayer, condena a la entidad financiera, junto a los intereses legales y las costas, al no considerar que el retraso en la reclamación fuera “desleal”, “tras llegar a conocimiento de los compradores lo datos suficientes para formular su pretensión en términos de razonable prosperabilidad”.

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