Coronavirus. Ayudas de la Junta de Andalucía para atónom@s y PYMES (2). Sobre los avales de la Junta.
20 de abril 2020
Segundo artículo de la serie, por Jose Luis Huertas, Abogado y economista de Ley 57 Abogados.
El Consejo de Gobierno de Andalucía ha aprobado tres medidas destinadas a ayudar a autónomos y pequeñas y medianas empresas afectados por la crisis sanitaria. Vamos a intentar resumirlas, en tres artículos sucesivos, en sus aspectos esenciales, este es el segundo.
AVALES PARA PRÉSTAMOS A AUTÓNOMOS Y PYMES DE HASTA 300.000 EUROS.
Esta medida se prevé iniciar en breve. En estos momentos (18/04/2020), la Consejería de Economía ha abierto la convocatoria para seleccionar a las entidades financieras que otorguen líneas de avales de la Junta.
o Norma: Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los efectos de la evolución del coronavirus (COVID-19).
o ¿Beneficiarios? Pymes, micropymes, autonómos y autonómas para paliar la falta de liquidez a consecuencia de la situación económica derivada del periodo de cuarentena por la crisis sanitaria provocada por el COVID-19.
o ¿Cuánto cubrirá el aval? El 80% del préstamo solicitado para circulante (para pagar gastos en el corto plazo).
o Dotación presupuestaria: 20 millones.

 

Jose Luis Huertas, Abogado y economista del Departamento Laboral de los despachos Ley 57 Abogados y Bufete Jiménez y Asociados comenta en Canal Sur, Andalucía Directo, las ayudas de la Junta de Andalucía a l@s autónom@s

o ¿Préstamos que se pueden avalar? Estos avales se destinarán a garantizar préstamos o créditos con un importe mínimo de 5.000 euros y un máximo del 25% de la facturación del solicitante correspondiente al ejercicio 2019, con un límite de 300.000 euros. Los préstamos o créditos tendrán una duración mínima de seis meses y máxima de 36 meses, pudiendo la entidad colaboradora aprobar plazos o periodos de carencia.
o ¿Quién no podrá acogerse a esta ayuda? No podrán beneficiarse de esta medida, entre otras, las empresas que se encuentren en procesos concursales o en crisis con arreglo a lo dispuesto en la Comunicación de la Comisión relativa a las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis.
o ¿Qué se tendrá en cuenta para su concesión? Sólo tendrá en cuenta las razones de viabilidad económico-financiera, la valoración del riesgo y los informes de cumplimiento de los requisitos de las empresas destinatarias, siempre que la operación propuesta haya sido aprobada por los órganos competentes de las entidades colaboradoras en los términos de la transacción subyacente. En cualquier caso, en el marco de las funciones de control previstas en el decreto ley, la nueva Agencia llevará a cabo las comprobaciones pertinentes con la información aportada por la entidad colaboradora.
o ¿Quién gestionará estas ayudas? La Agencia IDEA.
Ley 57 Abogados es consciente del impacto de la crisis en las familias y en los negocios de sus clientes, por lo que ha diseñado un sistema de atención por videoconferencia a través del 663 92 91 47. También a través de su teléfono gratuito 900 64 92 90.

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