El Juzgado de Instrucción nº 4 de Marbella archiva o pretende archivar, por dos veces, sendas denuncias de un particular cuya matrícula ha sido «doblada» (duplicada) y ha recibido ya dos sanciones de tráfico de lugares donde ni él ni su coche han estado nunca.
En un Estado de Derecho, la seguridad jurídica exige no solo normas claras, sino también una actuación efectiva de los órganos judiciales en defensa de los derechos individuales. Lamentablemente, la resolución dictada el 18 de febrero de 2025 por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Marbella, sobre un caso de duplicación fraudulenta de matrícula que ha provocado sanciones administrativas contra un particular totalmente ajeno a los hechos, supone un alarmante retroceso en esa protección.
El caso: dos sanciones injustas y ninguna respuesta efectiva
El denunciante, víctima de una clara suplantación de su vehículo, sufrió dos multas de tráfico impuestas a raíz del uso fraudulento de su matrícula. En vez de recibir el amparo activo de la Justicia para identificar y sancionar a los responsables, lo que se encuentra es con la desidia: por segunda vez ve como un juzgado acuerda el sobreseimiento provisional alegando que «se desconoce quién o quiénes puedan ser las personas autoras», (la primera vez había entendido no suficientemente demostrado el delito), sin practicar ninguna de las diligencias que la jefa del departamento de derecho penal de Ley 57, Ana Belén Ordóñez, había solicitado.
Esta conclusión resulta, como mínimo, insuficiente y formalista. ¿Desde cuándo en Derecho Penal se archivan causas tan graves por la simple dificultad de identificar de inmediato al autor? ¿No existen medios de investigación, testigos, cámaras de tráfico, pericias periciales de vehículos, análisis del padrón de matrículas similares, seguimiento administrativo o penal coordinado? Este archivo, lejos de ser un acto de estricta legalidad, parece una renuncia injustificada a utilizar todas las herramientas que el sistema ofrece para proteger al ciudadano.
El sobreseimiento provisional como excusa: una peligrosa tendencia
El Auto de sobreseimiento cita el artículo 641.2º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para justificar la falta de autoría identificada.
Sin embargo, olvida que la instrucción penal tiene una misión fundamental de investigación, no simplemente de validación de pruebas preexistentes. La falta de autoría no debe significar, per se, archivo inmediato, sino intensificación de las diligencias de averiguación.
La pasividad institucional frente a fraudes de este tipo genera un mensaje devastador: en España, duplicar una matrícula y hacer recaer las multas en un inocente puede salir prácticamente gratis si quien investiga se conforma con la «falta de autor conocido» como escudo de su inacción.
La víctima, en un absoluto estado de indefensión
Más grave aún es la situación de la víctima, que debe seguir enfrentando no solo los expedientes sancionadores administrativos, sino también los costes personales, económicos y emocionales de tener que defenderse en instancias donde su palabra y las pruebas que claramente evidencian su inocencia no bastan para activar una tutela judicial efectiva.
Mientras tanto, la verdadera persona que usa ilegalmente la matrícula continúa impune, poniendo en riesgo a otros conductores, probablemente empleando esa matrícula para cometer otros delitos, y socavando el principio de confianza en la Administración de Justicia.
Un archivo que debe ser recurrido: por justicia y por dignidad
Este Auto no puede ser aceptado como punto final. La víctima, en ejercicio de sus derechos, tiene la posibilidad de interponer recurso de reforma y, en su caso, apelación, cosa que desde Ley 57 ya se han encargado de pedir, vía recurso, que se reabran las diligencias, que se ordenen nuevas investigaciones (taestificales, trazabilidad de multas, cámaras de tráfico, análisis de características físicas del vehículo sancionado, etc.), y que se cumpla el deber constitucional de garantizar la tutela judicial efectiva (artículo 24 de la Constitución Española).
No se puede tolerar que errores o fraudes administrativos sean la excusa perfecta para la dejación de funciones judiciales. Cada caso archivado injustamente es una puerta abierta a la impunidad y una piedra más en la demolición silenciosa de la confianza ciudadana en la Justicia.
Comparte esto:
- Haz clic para compartir en Twitter (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para enviar un enlace por correo electrónico a un amigo (Se abre en una ventana nueva)



