18 de octubre 2019
Tres familias británicas y una española obtienen sentencias que condenan al banco a devolverles el dinero que habían anticipado por sus viviendas nunca finalizadas.
Los apellidos nacionales y extranjeros se entremezclan entre quienes van viendo la luz al final del túnel.
Y es que los promotores del “boom” inmobiliario no entendían de nacionalidades para pedir dinero anticipado a las familias a cambio de las promesas de una vivienda y de una vida mejor. Buscaban un retiro y se encontraron viviendo una pesadilla que ha durado años.
Pero la Justicia ha puesto las cosas en su sitio, y los ahorros perdidos, entre 50.000 y 70.000 euros, habrán de devolverse a las familias con intereses.
Acercándose el final del plazo para reclamar, se multiplican las buenas noticias procedentes de los Juzgados y Audiencias Provinciales cuyas sentencias siguen el criterio iniciado por el Tribunal Supremo en el año 2015, condenando a las entidades financieras que no se preocupaban de vigilar el cumplimiento de la ley 57/1968 que ordenaba avalar las cantidades anticipadas a cuenta de viviendas.
Son muchas las familias afectadas que todavía no han reclamado de entre las más de 100.000 que vieron cómo durante la crisis inmobiliaria volaban por los aires las principales promotoras del país (Martinsa – Fadesa, AIFOS,…) dejando miles de viviendas sin terminar, y en la estacada a otras tantas familias que habían entregado sus ahorros por una vivienda frustrada.
Para ellas la plataforma SOS VIVIENDA, coordinada por Ley 57 Abogados, ha puesto a su disposición el teléfono gratuito 900 64 92 90 donde podrán exponer su caso.
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