
Artículo publicado en Economist&Jurist 17 de febrero 2025
Se publica el Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2025.
El reciente aumento del salario mínimo interprofesional (SMI) ha reabierto el debate sobre su impacto en las empresas y en el mercado laboral en general. Si bien el incremento del SMI se plantea como una medida para mejorar el poder adquisitivo de los trabajadores y las trabajadoras, es fundamental entender el verdadero coste que supone para empleadores y el entramado económico que lo sostiene.
«Lo que paga la empresa pasa a superar los 22.000 euros al año.«
El coste real de la plantilla para la empresa no se limita a su salario bruto, sino que el salario mínimo real, tras la reforma, es superior a los 22.000 euros anuales. La diferencia entre esta cantidad y lo que efectivamente recibe la persona asalariada en su nómina, lo llamen como lo llamen, son impuestos, y son impuestos que en realidad se detraen de los ingresos de quien presta sus servicios a la empresa.
A esa cantidad hay que sumarle las cotizaciones sociales que deben abonar lquienes pagan los salarios a la Seguridad Social, lo que supone un porcentaje significativo sobre el sueldo del trabajador o trabajadora. Estas contribuciones incluyen conceptos como la cuota por contingencias comunes, desempleo, formación profesional y otras aportaciones que elevan sustancialmente el coste laboral. Así, cuando se establece un SMI de 1.184 euros en 14 pagas (16.576 euros anuales), el coste total para la empresa puede alcanzar aproximadamente los 22.051 euros anuales por persona empleada. Este cálculo se basa en sumar al salario bruto de 16.576 euros anuales un coste adicional del 33% en cotizaciones sociales, que incluyen contingencias comunes, desempleo y formación profesional, entre otros conceptos.
En última instancia, estos costes no son más que una forma de imposición indirecta que encarece significativamente el empleo y reduce la cantidad neta que el trabajador percibe realmente. Este sobrecoste no solo impacta a las grandes empresas, sino que puede ser especialmente gravoso para pymes y negocios individuales, que son quienes conforman la mayoría del tejido empresarial español.
Es fundamental hacer pedagogía sobre la realidad del salario, más allá del minúsculo apartado en la nómina que menciona el ‘coste empresa’. Todo lo que paga el empresario o la empresaria a favor de cada persona integrante de su plantilla, ya sea la nómina, seguros, complementos u otros conceptos, es, en última instancia, salario. Esta comprensión ayudaría a una mejor valoración del esfuerzo empresarial y de la verdadera estructura de los costes laborales.
«Es fundamental hacer pedagogía sobre la realidad del salario»
Otro aspecto clave de este debate que debe de realizarse , mejor antes que después, es la duplicidad administrativa que representa la existencia de la Seguridad Social como un ente recaudador paralelo a la Agencia Tributaria. Ambos organismos hacen exactamente lo mismo: recaudar dinero de empresas y trabajadores y trabajadoras para financiar el gasto público, con la única diferencia de que se canalizan bajo conceptos distintos. Resulta absurdo que existan dos estructuras burocráticas para un mismo fin, lo que además conlleva una ineficiencia administrativa y un sobrecoste innecesario.
«Resulta absurdo que existan dos estructuras burocráticas para un mismo fin»
Más aún, la existencia de un número de identificación fiscal (NIF) y otro de afiliación a la Seguridad Social es un claro reflejo de esta disfuncionalidad. En la práctica, no hay ninguna razón operativa para mantener esta duplicidad, más allá de la inercia burocrática y la resistencia al cambio dentro de las administraciones públicas. Unificar estos sistemas bajo un único identificador y centralizar la recaudación en un solo organismo permitiría reducir costes y mejorar la eficiencia en la gestión de los recursos públicos. que representa la existencia de la Seguridad Social como un ente recaudador paralelo a la Agencia Tributaria. La gestión de los recursos destinados a las prestaciones sociales podría ser más eficiente si la recaudación se centralizara en un solo organismo, eliminando estructuras burocráticas innecesarias y reduciendo costes administrativos. Esta simplificación no solo facilitaría la gestión para las empresas, sino que también generaría un ahorro considerable en el gasto público, optimizando los recursos disponibles.
Asimismo, es importante desmontar el mito de que las cotizaciones sociales de los trabajadores en activo financian directamente las pensiones de los jubilados. Aunque el sistema de reparto se presenta bajo esa lógica, la realidad es que el pago de las pensiones depende en gran medida de los impuestos generales. Cada año, el Estado debe destinar partidas adicionales del presupuesto para cubrir el déficit del sistema, lo que demuestra que las pensiones no dependen exclusivamente de las cotizaciones, sino del conjunto de ingresos fiscales del país. No le llames “cotizaciones”, llámalo impuestos.
No le llames “cotizaciones”, llámalo impuestos.
En este contexto, se hace imprescindible replantear la sostenibilidad del modelo actual, no solo desde el punto de vista de la carga que soportan las empresas, sino también en cuanto a la eficiencia en la gestión de los recursos públicos. La simplificación de la estructura administrativa y una mayor transparencia en el uso de los fondos contribuirían a un sistema más equitativo y menos gravoso para el tejido productivo español.
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