El Santander debe asumir las responsabilidades de los bancos anteriores en el caso AIFOS.

La Audiencia Provincial de Málaga confirma la responsabilidad del Banco Santander en las promociones fallidas de AIFOS

En una sentencia que refuerza la protección de los consumidores y la aplicación de la Ley 57/1968, la Audiencia Provincial de Málaga ha confirmado la responsabilidad del Banco Santander como entidad absorbente de Banco Pastor y Banco de Andalucía en relación con las cantidades entregadas a cuenta por compradores de viviendas de la promotora AIFOS. La resolución desestima el recurso de apelación interpuesto por la entidad financiera y la condena al pago de las sumas reclamadas, además de los intereses legales y las costas procesales.

Un nuevo revés judicial para el Santander

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Málaga, en su resolución de 5 de febrero 2025, ha reafirmado la condena impuesta en primera instancia, que obliga al Banco Santander a devolver 24.655,26 euros más intereses a una compradora afectada por el incumplimiento de AIFOS en la entrega de viviendas. La entidad bancaria alegaba que no existía un aval individual a favor de la demandante y que no era responsable de los fondos entregados por los compradores si estos no se ingresaban en sus cuentas. Sin embargo, el tribunal ha rechazado estos argumentos, amparándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que ha determinado en múltiples ocasiones que la existencia de pólizas colectivas de garantía cubre a todos los adquirentes, aun cuando no se hayan expedido avales individuales.

La clave: las pólizas colectivas y la absorción bancaria

Uno de los aspectos más relevantes de la sentencia es la confirmación de que el Banco Santander, como sucesor de las entidades bancarias que avalaron a AIFOS, debe responder por las cantidades depositadas por los compradores. En el fallo se destaca que los bancos absorbidos por el Santander, en especial Banco Pastor y Banco de Andalucía, suscribieron pólizas de garantía para los pagos anticipados de las viviendas, lo que los convierte en responsables directos ante los compradores afectados.

El tribunal enfatiza que la absorción de entidades no exime de responsabilidad a la entidad resultante. En este caso, la fusión por absorción con Banco Pastor y Banco de Andalucía supone que el Banco Santander asuma los compromisos de aquellas entidades, incluyendo las garantías otorgadas en su día a los compradores de AIFOS.

Un caso más en la lucha de los afectados por AIFOS

La promotora AIFOS, que protagonizó una de las mayores crisis inmobiliarias de España, dejó a miles de compradores sin las viviendas por las que habían adelantado importantes sumas de dinero. La Ley 57/1968 establece que los bancos que aceptaron fondos en concepto de pagos anticipados debían garantizar la devolución de los mismos en caso de que la promotora incumpliera con la entrega de las viviendas.

Desde la quiebra de AIFOS, numerosos afectados han acudido a los tribunales para recuperar su dinero, obteniendo fallos favorables gracias a la doctrina establecida por el Tribunal Supremo. En este sentido, la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga se suma a una línea jurisprudencial consolidada que responsabiliza a las entidades financieras en estos casos.

Un fallo que refuerza los derechos de los consumidores

El fallo de la Audiencia Provincial de Málaga representa un nuevo avance en la protección de los compradores de viviendas frente a las prácticas abusivas del sector inmobiliario. La confirmación de la responsabilidad del Banco Santander en este caso no solo permite a la demandante recuperar su inversión, sino que también establece un importante precedente para otros afectados que aún luchan por la restitución de sus depósitos.

Con este nuevo revés judicial, el Banco Santander se enfrenta a la realidad de que su papel como heredero de las obligaciones de las entidades absorbidas le obliga a cumplir con los compromisos adquiridos en su día por Banco Pastor y Banco de Andalucía. Esta sentencia refuerza la seguridad jurídica de los compradores y subraya la necesidad de que las entidades financieras actúen con diligencia en la gestión de las garantías que respaldan la adquisición de viviendas en España.

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