La sentencia concluye que no cabe excluir el salario variable por estar en IT. Un fallo que afectará a miles de trabajadores y trabajadores con retribuciones variables.
Madrid / Alhaurín el Grande. El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de una trabajadora de ZARA a percibir el bonus anual por objetivos de su centro de trabajo correspondiente al ejercicio en que estuvo de baja médica. La sentencia desautoriza el criterio de la empresa, que excluyó a la empleada de este incentivo alegando su situación de incapacidad temporal (IT), pese a que los objetivos del centro fueron alcanzados y el bonus fue abonado al resto de la plantilla. El caso, defendido por el despacho Ley 57 Abogados, con sede en Alhaurín el Grande, marca un precedente importante en la protección del salario variable colectivo durante los periodos de IT.

El sistema de retribución de ZARA contemplaba el pago de un incentivo anual condicionado al cumplimiento de objetivos del centro de trabajo. No se trataba de un plus vinculado al rendimiento individual, sino al resultado colectivo. Sin embargo, la empresa denegó el abono del bonus a la trabajadora por el mero hecho de haber permanecido en situación de IT durante parte del ejercicio. El juzgado inicialmente dio la razón a la trabajadora aunque, a instancia de la empresa, el tribunal superior respaldó esta interpretación empresarial. El Tribunal Supremo ha corregido ahora el criterio, reconociendo que no cabe privar del salario variable a quienes han estado de baja médica, si el resto de condiciones del sistema se han cumplido.
El fallo tiene especial trascendencia porque respalda la plena eficacia del principio de no discriminación por razón de salud o enfermedad en el ámbito retributivo. El Supremo recuerda que los trabajadores en situación de IT conservan sus derechos salariales en los términos legal y convencionalmente previstos, y que el hecho de estar de baja médica no puede justificar la exclusión automática del cobro de complementos vinculados al rendimiento colectivo si estos han sido generados por la plantilla en su conjunto.
Además, la sentencia clarifica un punto que afecta a miles de empleados en sectores con sistemas de incentivos colectivos: el derecho al salario variable no puede anularse por razones ajenas a la conducta del trabajador, como es una baja médica, salvo que el sistema retributivo así lo prevea de forma clara y objetiva, lo que no ocurría en este caso.
El caso cobra también relevancia por la desigualdad estructural del litigio: una empleada defendida por un despacho de tamaño medio en la provincia de Málaga logra que el Tribunal Supremo corrija el criterio mantenido por la multinacional ZARA. El despacho Ley 57 Abogados ha conseguido que la Sala de lo Social siente doctrina sobre un aspecto poco pacífico: la protección del salario durante situaciones de IT, cuando el complemento retributivo depende del rendimiento de un colectivo y no del trabajador individualmente considerado.
Con esta resolución, el Supremo refuerza el blindaje jurídico de los trabajadores con contratos que incorporan un componente variable colectivo, y lanza un mensaje claro a las empresas: la incapacidad temporal no puede convertirse en una excusa para recortar salarios si no existe una justificación objetiva y proporcional.
Al cierre del ejercicio 2024 el grupo Inditex operaba 5.563 tiendas con una plantilla integrada por 161.281 personas.
El último estudio al que hemos podido tener acceso indicaba, en 2017, que un 33% de las plantillas tienen retribución variable, siendo una tendencia creciente como sistema de retribución.
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