El Juzgado de lo Mercantil Nº3 de Málaga ha notificado hoy el Auto que concede la exoneración del pasivo insatisfecho en un concurso de acreedores sin masa gestionado por Ley 57 Abogados. Esta resolución permite a los deudores liberarse de sus obligaciones pendientes, facilitando una segunda oportunidad financiera conforme a la Ley Concursal.
El Decreto previo detalla tanto las deudas públicas como privadas de los solicitantes:
- Créditos Públicos:
- Deuda con Hacienda de aproximadamente 20.000 euros y 11.000 euros a nombre de cada cónyuge.
- 11.578,19 euros en tributos municipales.
- Créditos Privados:
- La totalidad de los créditos privados asciende a más de 130.000 euros, incluyendo préstamos personales, recobros y cuotas de diversa naturaleza, incluído el remanente de préstamo derivado de la ejecución hipotecaria de su casa.
En cuanto a los créditos públicos, el Auto aplica el límite de exoneración de 10.000 euros por persona en deudas con Hacienda, mientras que el resto de los créditos públicos y privados son exonerados en su totalidad. El importe total de deuda liberada en este proceso supera los 130.000 euros.
Aunque los deudores poseían un vehículo, el concurso se declaró sin masa debido a que el valor del coche era bajo y se consideró necesario para su vida cotidiana. Esto permite agilizar el proceso de exoneración sin liquidar bienes que no aportarían significativamente a reducir la deuda, generada tras una etapa en la que ambos eran autónomos en la que la deudas les asfixiaron hasta el punto de perder su vivienda de la cual deriva parte de la deuda municipal.
Desde Ley 57 Abogados, valoramos esta sentencia como un paso importante en la protección de los derechos de los deudores responsables, facilitando su recuperación financiera dentro del marco de la Ley de Segunda Oportunidad.
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