3 de febrero 2022
El Juzgado considera a la pareja deudora de buena fe, y condona la deuda de diferentes préstamos encadenados.
Una pareja de Vélez Málaga ha conseguido obtener el «perdón» judicial de una deuda que había alcanzado los 48.000 euros tras encadenar diferentes préstamos solicitados para superar una «mala racha» que resultaron imposibles de pagar, en un proceso donde Ley 57 abogados actuaba como administrador concursal y anteriormente como mediador.
Así, tras «haberse procedido a la realización de todos los bienes y derechos que forman parte del Activo del concursado y que fueron descritos en el Plan de Liquidación» y «no existiendo tampoco acciones frente a terceros responsables que puedan aumentar su valor, y habiendo satisfecho a los acreedores hasta donde con el producto de lo obtenido ha sido posible».
Tras el informe final de liquidación del Administrador Concursal y considerar que el deudor es de buena fe declara , proceder a la exoneración del pasivo insatisefecho (Aquellos créditos que no pudieron pagarse con la liquidación de los bienes.)
El proceso de Segunda Oportunidad, instaurado en el año 2015 en España sirve para que familias como esta tengan una real oportunidad de «Volver a empezar» sin deudas, y evitar que se vean privados de poder tener ningún bien en propiedad, siquiera saldos en una cuenta bancaria, o con embargos constantes sobre sus ingresos que llegan a colocar a los afectados en situaciones dramáticas.
La plataforme SOS Segunda oportunidad, a través de su teléfono gratuito 900 649290 presta asesoramiento a las familias que atraviesan este tipo de dificultades.
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