La Audiencia de Málaga condena a Unicaja a devolver más de 74.000 euros a una familia tras años de litigio por una vivienda no entregada

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Málaga ha estimado el recurso de apelación presentado por una familia que reclamaba a Unicaja Banco la devolución de los anticipos entregados en 2006 para la compra de una vivienda en construcción, nunca entregada. El tribunal revoca así la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Málaga, que en 2022 había desestimado la demanda.

La resolución reconoce el derecho de los compradores a recuperar la cantidad de 74.818 euros, más los intereses legales desde las fechas de los pagos, realizados en una cuenta de la promotora abierta en la propia entidad bancaria. La sentencia afirma que Unicaja conocía o debió conocer que se trataba de ingresos vinculados a contratos de compraventa de viviendas, y que por tanto debía haber exigido la apertura de una cuenta especial y la constitución de una garantía conforme a la Ley 57/1968.

El tribunal se apoya en la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo, que establece que las entidades de crédito que reciben anticipos de compradores de vivienda tienen la obligación legal de control y custodia de esos fondos. Esta responsabilidad no depende de que el banco sea avalista, sino del conocimiento del origen de los ingresos y la omisión de las medidas protectoras exigidas por la ley.

En este caso, la familia realizó dos pagos por un total de 74.818 euros a una cuenta ordinaria en una sucursal de Unicaja en la misma localidad donde operaba la promotora. Según declaró en juicio el propio director de la oficina, se conocía la actividad promotora de la titular de la cuenta y la recepción de ingresos regulares de compradores, pero no emitiron los avales obligatorios por ley desde la década de los sesenta.

Tras casi dos décadas de espera, esta resolución supone una reparación para los afectados, representados por el despacho Ley 57 Abogados. Para la familia, la sentencia llega como el cierre de un largo camino judicial en busca de una solución a una injusticia que les dejó sin vivienda y sin el dinero anticipado.

La Audiencia impone además a Unicaja las costas del procedimiento en primera instancia, reafirmando que la entidad debía haber actuado conforme a la ley para proteger los fondos de los compradores. Esta sentencia se suma a otras similares que consolidan la línea jurisprudencial en defensa de los derechos de quienes confiaron sus ahorros a promotoras que nunca cumplieron con sus compromisos.

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