La Audiencia Provincial de Málaga comienza a notificar sentencias durante el confinamiento y condena a un banco a indemnizar a un afectado de AIFOS.

20 de abril de 2020

La sentencia, de fecha 5 de marzo, se ha notificado hoy, demostrando así la reactivación parcial de la Justicia, y desestima el recurso de la entidad financiera.

Una familia británica recibe en pleno confinamiento la sentencia que desestima el recurso del banco frente a la dictada en primera instancia, y que la condenaba a reintgrar a esta familia los 57.000,00 euros anticipados por un piso adquirido a AIFOS en el municipio de Casares (Málaga).

La sentencia considera que no se produce error en la valoración de la prueba realizada por el Juzgado de Primera Instancia,  ya que  el contrato había sido resuelto con anterioridad al requerimiento efectuado por la administración concursal para el otorgamiento de escritura,  y tampoco se produce infracción del art. 4 de la Ley 57/68 pues, como ya se ha expuesto, la vivienda fue puesta a disposición de los compradores cuando ya los mismos habían instado la resolución.

Aplicando la doctrina asentada por el Tribunal Supremo, considera que el banco es responsable al haber garantizado las cantidades percibidas por AIFOS sobre las obras que estaba realizando «en distintas parcelas de su propiedad».

Esta sentencia podría ser recurrida cuando se reaperturen los plazos procesales, suspendidos por el R.D. 463/2020 de 14 de marzo, que estableció el Estado de Alarma.

La misma norma suspendió los plazos de prescripción que afectan a este tipo de asuntos, que inicialmente lo harían el 7 de octubre, por lo que el plazo para iniciar la reclamación de cualquier afectado también se ha prorrogado, siendo muchas familias las afectadas y que no habrían iniciado la vía de reclamación abierta por el Tribunal Supremo.

La plataforma SOS Vivienda, coordinada por Ley 57 Abogados, ha puesto a disposición de los afectados un teléfono gratuito donde informarse: el 900 64 92 90.

 

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