Los administradores concursales no somos gestores de cementerios

6.11.2014

Pocos días después de que la promotora AIFOS emprendiera su camino a la liquidación (pendiente de algunos recursos ya interpuestos) se diría que otro mastodonte va camino del cementerio de elefantes.

No se si en tal macabro lugar cabrán o no más inquilinos, pero lo cierto es que se confirma que algo falla en la receta del legislador para que empresas en crisis salgan adelante conservando actividad y empleo. Son ya decenas de modificaciones en la composición de tal fórmula magistral las sufridas desde la creación del remedio, allá por el 2003, y parece que no se da con la vía para que empresas y particulares encuentren una salida a un proceso de insolvencia.

¿Iría usted a un hospital en el que fallecen el 95% de sus pacientes? ¿O lo cerraría, al menos, por reformas?

¿Acaso nadie con poder de decisión ve que alrededor del elefante moribundo habitan otros seres (los acreedores) que, por alguna razón, confiaron en un robusto animal (la empresa), y que sin embargo, camino del oscuro camposanto, se convierten en cadáveres incluso antes que el paquidermo herido?

Y es que la práctica concursal convierte al Administrador Concursal en quien, a modo de gestor del cementerio, busca acomodo al nuevo inquilino, pues la medicina se le ha aplicado tarde, mal, o ha resultado inútil.

Junto al cementerio de elefantes hay otros pequeños cementerios a los que van aquellos que el proboscidio va aplastando en su camino, y si hubiera un CSI vería como rasgo común un gesto, un rictus, de reproche, en todos los cadáveres. Reproche hacia el animal enfermo, hacia la medicina y hacia los médicos que no dieron con el modo de salvarle. Sobre todos ellos sobrevuelan ávidos buitres en busca de despojos.

Por más que leo el copioso ingrediente 33 de la medicina concursal (el artículo de la Ley Concursal que regula extensamente las funciones del administrador concursal, que pulsando aquí el lector puede conocer), recientemente elaborado, no veo que nuestra función como administradores sea la de gestor de acomodo en cementerios. Sin embargo la práctica confirma que en el 95% de casos el paciente se muere, y con él, los que de él dependían. Tampoco veo en la Ley Orgánica del Poder Judicial que el Juzgado sea un matadero, pero resulta que en muchos casos la falta de medios provoca que el enfermo se contagie de otra enfermedad mortal que retrasa, pero aboca, el fatal desenlace.

Me rebelo ante la función liquidadora que la práctica impone. Impulsemos la formación al empresario en responsabilidad corporativa. Dejemos de favorecer sólo a los que manejan el peculio, y a los engordadores de cajas públicas hambrientas y facilitemos al que ha errado, sin culpa, una segunda oportunidad.

 

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