Ordenan a un banco a devolver el dinero percibido por una VPO no construída

9 de febrero 2022

La Audiencia Provincial confirma la sentencia dictada en Marbella y ordena devolver casi 20.000 euros a la familia afectada.

El Juzgado de 1ª Instancia nº 7 de Marbella ya consideró probado en su día que la familia el 11 de agosto de 2004 la parte demandante había firmado un contrato respecto de la vivienda que se construya en la parcela n  11 (el 20 de marzo de 2007 se firm  un anexo al contrato para indicar que la vivienda n  11 se construir  sobre la parcela n mero 10) de la promoción de V.P.O. denominada “Conjunto La Inmaculada 3” en el municipio malagueño de Sierra de Yeguas, de cara a su jubilación.

La vivienda no se terminó de construir, habiendo sido la obra paralizada en el año 2009, sin que el dinero hubiera sido devuelto a los compradores.

Si bien lo adelantado fueron algo más de 31.000 euros, la Audiencia Provincial considera que CAJAMAR, entidad que recibió 19.800,00 euros a cuenta de la vivienda, debe responder de tal importe, en unión con sus intereses dado que no atiende a los argumentos del banco acerca del sobreprecio abonado por los compradores, confirmando la sentencia de Marbella que «la motivación esencial y social de dicha Ley es la protección de la persona que ha puesto en juego sumas de dinero para la compra de una vivienda -bien generalmente esencial para la vida-, que esta en fase de planificación o construcción».

Así, consideró probado que la parte demandante había  ingresado en la cuenta de la parte demandada las cantidades anticipadas sin que dicha entidad exigiera cuenta especial ni ejerciera ningún tipo de control sobre los ingresos, siendo exigible su responsabilidad en atención a la doctrina jurisprudencial que rige la percepción de anticipos sobre vivienda.

 

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