29.8.2017
Septiembre concentra la mayoría de consultas en los despachos de abogados matrimonialestas. El departamento de familia de Ley 57 Abogados contesta a tus preguntas.
En vacaciones el tiempo de convivencia en pareja, y probablemente el de reflexión, aumente. A veces lo uno y lo otro llevan a plantearse el fin de la convivencia, que debe de ser organizado para evitar sufrimientos propios y del entorno.
Estas son las preguntas que llegan a nuestro despacho en Septiembre de pareja casadas sin hijos tras tomar la decisión de terminar al relación:
¿Es mejor un divorcio amistoso?
Sin duda alguna. Mejor, más rápido y seguramente más barato. Entre parejas sin hijos si las dos partes están de acuerdo debe haber poco que discutir. Un divorcio amistoso requerirá de un solo abogado y un solo procurador que representará a ambos. El abogado redactará el convenio de separación de mutuo acuerdo pensando en el beneficio de ambos.
¿Qué debemos aclarar en el convenio?
No habiendo niños comunes el convenio recogerá el fin de la convivencia y la nueva organización económica, y se tendrá que hacer la liquidación y reparto de bienes de acuerdo a si estábais en gananciales, separación de bienes u otro regimen económico matrimonial. Quizá alguna de las partes tenga derecho a una compensación económica temporal por el desequilibrio tras la separación.
¿Cómo es el proceso?
El proceso en este caso puede ser judicial o incluso notarial. En el judicial la abogada se reunirá con la pareja en conjunto o por ser parado y plasmará en un convenio por escrito los puntos acordados, ese escrito será presentado en el juzgado del domicilio de los cónyuges y en el de uno de ellos junto con una demanda de divorcio consensual y el juzgado tras admitirla a trámite citará a la pareja en el juzgado para que ratifique su petición. Hecho esto se dictará sentencia que el propio Juzgado se encargará de inscribir, y las partes podrán obtener un original (una copia testimonios a en realidad) cada una.
¿Y en notarial?
Sí. La ley prevé que si no hay hijos comunes menores el proceso de divorcio pueda celebrarse ante notario, siendo la forma más rápida. Igualmente habrá un convenio que deberá ser redactado por un abogado en interés de ambos. Ese convenio será ratificado ante un notario que levantará acta del divorcio, y tendrá que inscribirse en el Registro Civil. Puede tramitarse muy rápidamente.
¿Qué documentación necesito?
Muy poca. Su DNI para la ratificación y un certificado literal de inscripción del matrimonio que debe solicitar en su registro civil, puede incluso que telemáticamente si tiene firma digital. Si tramita el asunto judicialmente recomendamos obtenga un certificado de empadronamiento para justificar la competencia del juzgado que lo tramite.
¿Cuánto tarda?
El proceso notarial muy poco, pues el día que el notario le de cita y tras firmar ante él ya estará disiento el matrimonio. El judicial dependerá de la velocidad de tramitación del propio juzgado que le haya correspondido. Puede que menos de un mes. A veces más de dos… hasta que se dicta la sentencia.
¿Debo de liquidar los bienes a la vez?
No es necesario. El régimen régimen matrimonial se extingue con el divorcio, pero su liquidación puede hacerse más adelante.
Recomendamos la lectura del un manual de el Juez Utrera, «Guía para un buen divorcio» que recoge sabios consejos de quien tramita centenares de divorcios cada año en Málaga, y que puede adquirirse en las librerías y en la web de la editorial pulsando aquí.
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