Sigue el lío en AIFOS.

4.3.15

Aunque el león esté muerto, (con una resolución todavía pendiente de al menos dos recursos), no significa que no se siga peleando por sus despojos.

En el día de ayer pudo verse en la sala 9 de la ciudad de la Justicia, un duelo al sol entre la administración concursal de AIFOS (la designada por el Juzgado de aquella manera, dicen, y ratificada después por un famoso Auto que recordaba que a esesas alturas del partido no se moverían los jugadores) y el anterior administrador, Sr. Ruiz Casado.

La vista procedía de un indicente planteado allá por el 2013 (han leído bien, estos son los tiempos de la Justicia en Málaga por su carencia de medios en los Juzgados Mercantiles) cuando un acreedor (al que achacan vinculaciones no demostradas con el Sr. Ruiz Casado) solicitó se expulsara de la administración concursal a uno de los tres administradores concusales, el designado entonces por el Banco de Andalucía (hoy banco Popular), por «incompatibilidad manifiesta y conflicto de intereses».

A esta solicitud Aifos se adherió solicitando además la remoción de todos los administradores concursales por sus «actos dañinos» contra la sociedad.

Así, dos años después y con la fiera «muerta» (en liquidación desde finales del pasado año), y sin que se hayan, insistimos, resuelto los recursos de la empresa y de los compradores de viviendas en relación con la falta de «quorum» en la fallida junta de acreedores de Octubre; nos vemos en una vista probablemente inutil (pensando más en los sucesivos posibles recursos ante la Audiencia Provincial y Tribunal Supremo), pues desde que una empresa entra en liquidación, los administradores son los que dice la ley (los concursales) y a estas alturas de la partida (en tiempo de descuento) nadie vaya a cambiar a los administradores actuales.

Sí sirvió para destapar trapos sucios, para que a los que representamos a los pequeños acreedores, los más perjudicados, compradores frustados (y arruinados) de viviendas, se nos revolvieran las tripas ante los entresijos de la causa de que nuestros clientes hayan visto reducidas su posibilidades de recuperar su dinero. Sólo una conclusión dio luz en la declaración de un testigo. La contabilidad de Aifos no era tan desastrosa como la pintó en administrador concursal en su informe. ¿El resto de la vista? Acusacioes de coacciones para cobrar, de torpedearse mutuamente la gestión, de impedir poner demandas contra terceros…

Y es que cuando los capitanes que deben guiar un barco  se pelean, el barco se hunde con los pasajeros dentro. Eso sí, los capitanes quizás salgan a flote con los bolsillos llenos.

En Ley 57 Abogados, sin embargo, echamos de menos sensibilidad por parte de los intervinientes hacia los acreedores minoritarios, olvidados por la banca (que reslpada a la administración concursal, la cual en función de la Ley 57/1968, de 27 de Julio, debería responder de las cantidades anticipadas en sus cuentas por parte de los compradores de viviendas.

 

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