30 de octubre 2019
El juzgado de primera instancia número 13 de la capital malagueña ordena devolver lo ingresado en cada una de las entidades.
El afectado compró a AIFOS sobre plano y fue pagando cuotas durante el tiempo que tenía que durar la construcción, y finalmente nunca le entregaron. Ninguna de las entidades se había preocupado de que las cantidades que se ingresaban en sus cuentas provenientes de anticipos estuvieran garantizadas.
En la sentencia analiza el juzgado que “En relación con lo anterior, ambas codemandadas negaron que con el descuento de las letras de cambio se pudiera detectar que, en este caso, lo que subyacía era el pago anticipado de parte del precio de la vivienda adquirida por el actor no pudiendo ejercer un control sobre dichos ingresos, sin embargo, no se puede compartir esta argumentación por considerar que ambas entidades codemandadas estaban en disposición de conocer el origen de las referidas cantidades y ello es así porque ambas tenían abiertas cuentas de dicha Promotora y conocían la actividad principal a la que se dedicaba, lo que en cualquier caso era público y notorio”.
Considera la sentencia acreditado que “el hoy actor abonó las cantidades que reclama en esta litis y que las mismas tuvieron como destino las cuentas que Aifos tenía abiertas en las entidades demandadas, esto es, 19.054,07 € en la entidad BBVA, S.A. y 8.078,67 € en Abanca.” Y concluye que “no se llevó de manera diligente un control” por parte de las entidades.
También analiza el juzgado las últimas sentencias del Tribunal Supremo para decidir qué “de acuerdo con esta línea jurisprudencial, el art. 1.2a de la Ley 57/68 impone a la entidad bancaria una obligación de control sobre el promotor cuyo incumplimiento determina su responsabilidad frente al comprador siempre que el mismo haya ingresado en una cuenta que el promotor tenga abierta en la entidad bancaria las cantidades adelantadas.” Condenando a las entidades al reintegro de lo percibido en unión a sus intereses legales.
Es de recordar que el número de afectados por asuntos semejantes se calcula en 100.000 familias, que adelantaron dinero por pisos en construcción nunca entregados, cuyo plazo de reclamación puede prescribir en octubre de 2020. Por ello la plataforma SOS VIVIENDA ha puesto a su disposición un teléfono gratuito, el 900 64 92 90, donde poder recabar información.
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