34.000,00 euros de indemnizacion para un afectado de AIFOS del Rincón de la Victoria.

27.7.2017

El Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Málaga dicta sentencia que obliga a un banco a indemnizar con 34.006,00 euros a una familia que había comprado un piso en el Rincón de la Victoria que nunca se entregó.

La sentencia condena al Banco Popular como garnte de la devolución de las cantidades entregadas por esta familia, que suscribió con Aifos, un contrato privado de compraventa de la vivienda sita en el  Conjunto
Residencial La Gaviota en el Rincón de la Victoria, entregando anticipadamente, a cuenta del precio final de la vivienda, la cantidad total de 34.006´50 euros.

Dicho contrato fue declarado resuelto por sentencia de fecha 19 de Noviembre de 2008 por el Juzgado de
Primera Instancia nº 13 de Málaga, condenándose a la Promotora a devolver las cantidades entregadas a cuenta, lo que nunca sucedió pues en Julio de 2009  se declaró en concurso de acreedores.

De acuerdo con la Doctrina del Tribunal Supremo, que recoge la sentencia,  incluso, en las compraventas de viviendas regidas por la Ley 57/1968, las entidades de crédito que admitan ingresos de los compradores en una cuenta del promotor sin exigir la apertura de una cuenta especial y la correspondiente garantía responderán frente a los compradores por el total de las cantidades anticipadas por los compradores e ingresadas en las cuentas que el promotor tenga abiertas dicha entidad (sentencias 142/2016, de 9 de marzo, 733/2015, de 21 de diciembre), y respecto de las cantidades garantizadas, la entidad de crédito responde de todas las cantidades anticipadas, pues la jurisprudencia ha interpretado que no procede respetar los límites cuantitativos de la póliza de seguro, pues la misma, al constar que se efectuaba al
amparo de la Ley 57/68, que obliga a garantizar la devolución de las cantidades entregadas a
cuenta, no debió contener límites inferiores, pues con ello violaba el dictado de los arts. 2 y 68 de la Ley de Contrato de Seguro, pues la Ley 57/68 no establece límites a dicho seguro, sino que exige la cobertura de todas las cantidades entregadas y la integridad de los intereses legales.

Esta sentencia, dictada en un asunto defendido por Ley 57 Abogados, de la alianza legal Business and You, supone un gran alivio a una familia severamente golpeada por la crisis, esperando que el banco no presente recurso, vista la contundencia de la sentencia.

 

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