17.7.2017
Tres sentencias dictadas la pasada semana obligan a los bancos a indemnizar a afectados de Aifos por tres urbanizaciones distintas.
Dos hermanos que compraron en Torrox y vieron cómo su dinero desaparecía sin que se llegara a poner ni una piedra.
Dos parejas que compraron apartamentos en San Fernando uno al lado de otro, y vieron como su dinero se desvanecía en el concurso de acreedores.
Un británico que se vino a España a buscar un lugar para su retiro.
Todos ellos tiene en común haberse visto atrapados en el concurso de Acreedores de Aifos y haber pensado que su dinero estaba perdido.
Pero no es así, pues en sus respectivos procesos contra los bancos que habían recibido sus ingresos, la justicia sentencia que éstos son responsables de la devolución del dinero, siguiendo la protección tuitiva de la ley 57/1968 y la jurisprudencia del Tribunal Supremo de estos últimos años.
Estos asuntos, defendidos por Ley 57 Abogados, miembro de la alianza Business and You, vienen a corregir la situación vivida por tres familias que vieron como sus proyectos de vida se frustraban al declararse la promotora insolvente, con todos sus ahorros comprometidos.
Los bancos condenados son el Banco Santander y Banco Popular, ambos ya del mismo grupo bancario, que tienen 20 días para proceder al pago, y mismo plazo para recurrir las sentencias.
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