Audiencia Provincial de Málaga ordena devolver lo anticipado a AIFOS por un piso sin entregar.

17 de septiembre 2019

El piso nunca se entregó, y la afectada, de San Fernando (Cádiz), recuperará más de 55.000,00 euros.

Así lo dispone una sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga notificada ahora, en la que desestima el recurso de la entidad financiera, que había sido condenada en primera instancia.

Entiende el Tribunal que, al igual que en otros casos, “las partes quisieron someterse a la Ley 57/1968” y que la prueba practicada impide llegar a la conclusión de que se hubiese comprado la vivienda “como inversión”, y que la demanda “deviene obligada, dado el tenor de las pólizas generales” a la devolución de lo anticipado más intereses y costas, dado que la acción se interpuso en plazo, “en el marco de respeto de las exigencias del principio de buena fé”.

Es importante recordar que el Tribunal Supremo estableció recientemente que el plazo para reclamar es de 15 años , pero que este plazo se cumplirá, por regla general, en octubre de 2020, pues en 2015 este plazo se redujo legalmente, de ahí que muchos afectados, por desconocimiento, puedan quedarse sin reclamar y pierdan definitivamente el dinero, pese a existir vías de recuperación que se deben analizar en cada caso.

Para ello la plataforma SOS VIVIENDA, coordinada por Ley 57 Abogados, ha dispuesto el teléfono gratuito 900 64 92 90 para que los afectados puedan plantear su caso dentro de plazo.

 

 

 

 

¡Llama a nuestro teléfono gratuito 900 64 92 90!

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