Suelo hipotecas: ¿Es tu turno para eliminarla? Un ejemplo…

9/10/2014

Después de meses estudiando decenas de hipotecas de clientes, creo que es el momento de explicar a nuestros lectores indecisos las razones para iniciar una reclamación frente a la cláusula suelo de su hipoteca, considerando que:

1) En el pasado, y todavía en el presente la práctica bancaria no se ajustaba a la trasparencia que el consumidor requería.

2) Introducir un tipo de interés mínimo en la mayoría de ocasiones hace inútiles las bonificaciones por haber contratado seguros, planes de pensiones, domiciliar paggos, tarjetas… en nuestra experiencia rara vez el cliente ha entendido que su hipoteca no bajaría (si lo hubiera entendido no habría contratado esos productos, ¿no?)

3) desde el año 2009 el Euribor no ha dejado de bajar, sin que los usuarios se hayan beneficiado de esa rebaja. La banca sí se ha beneficiado, entre otras cosas, del descenso de tipos en Europa.

4) Los «techos» (interés máximo) que figura en la hipoteca no son alcanzables en la economía real. Existe una desproporción que hace abusiva la cláusula «suelo-techo». Si no hay «techo» aún más razones asisten al consumidor para estar indignado.

Ejemplo:

Hipoteca de 180.000 euros concedida en el año 2008.

Suelo del 4,5%

Referencia: Euribor más un diferencial de 1 punto.

Bonificaciones por contratos: Nómina 0,10 Seguro hogar 0,15 y plan de pensiones 0,15

Interés que correspondería hoy: Euribor (0,332%) + 0,60 %= 0,93 %

Interés aplicado : 4,5% («suelo», que no admite bonificaciones)

Diferencia en contra del consumidor: 3,57 %

Sobre un saldo pendiente de, por ejemplo, 170.000,00 euros  supone estar pagando de más aprox. 6.069 Euros al año.

¿Necesitas alguna otra razón?

Pues la hay.

La mayoría de las hipotecas examinadas tienen otros apartados como vencimiento anticipado, tipo de interés de  demora superiores a los límites de la ley, prohibiciones de disponer, comisiones por servicios no prestados… ¿Te vas a conformar?

Cuéntanos tu caso y envíanos copia de escritura y recibos a:

ley57abogados@gmail.com

Analizaremos tus opciones y la viabilidad de la reclamación según la jurisprudencia del TribunalSupremo y las sentencias más recientes de tu provincia.

  

  

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