AIFOS no presenta cuentas anuales desde el 2010

28.5.2014

AIFOS NO PRESENTA CUENTAS ANUALES DESDE EL AÑO 2010

Tras presentar apresuradamente y tarde las cuentas anuales del ejercicio 2009, (con informes desfavorables de los auditores) año de declaración del concurso, ni los administradores de AIFOS ni sus administradores concursales han formulado ni depositado cuentas anuales en el Registro Mercantil tal y como obliga la Ley Concursal en su artículo 46:

«Artículo 46 Cuentas anuales del deudor

1. En caso de intervención, subsistirá la obligación legal de los administradores de formular y de someter a auditoría las cuentas anuales, bajo la supervisión de los administradores concursales.

La administración concursal podrá autorizar a los administradores del deudor concursado que el cumplimiento de la obligación legal de formular las cuentas anuales correspondientes al ejercicio anterior a la declaración judicial de concurso se retrase al mes siguiente a la presentación del inventario y de la lista de acreedores. La aprobación de las cuentas deberá realizarse en los tres meses siguientes al vencimiento de dicha prórroga.»

Esta obligación corresponde ahora en exclusiva a la administración concursal tras haber sustituido a los asdministradores de AIFOS hace algunos meses.

La falta de esas cuentas, así como el hecho de que los textos definitivos presentados hace una semana se refieran a la situación de AIFOS hace cinco años y no ahora, convierte en opaca la contabilidad de la empresa y se usurpa a los acreedores el conocimiento de la situación actual.

Los acreedores ordinarios de AIFOS pugnan por un convenio que pudiera hacer viable la empresa y el futuro cobro de la deuda, pero para ello necesitan el apoyo, al menos inicial, de parte de la banca, que todavía no se ha pronunciado.

Varios abogados representantes de compradores de viviendas se reunieron a principio de mes para analizar la situación, llegando a la conclusión de que estarían a favor de entrar en el capital de un nuevo AIFOS a cambio de parte de su deuda. Para ello necesitan presentar una propuesta de convenio, resultando obligado el conocimiento público de las cuentas de AIFOS, obligación que marca la ley.

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