El 11 de abril comienza el plazo para hacer la declaración de la renta del 2022. Este artículo resume algunas de las novedades que pudieran afectarte.
Desde mañana podrás ajustar tu Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a través de internet, el 5 de mayo se podrá realizar vía telefónica y desde el 1 de junio se abrirá la modalidad presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria hasta el 30 de junio, cuando se cierra el plazo para presentar la declaración.
Hablamos de pagar impuestos sobre los ingresos generados en 2022, y podemos tratar que la declaración sea lo más ventajosa posible, evitando sorpresas derivadas del disfrute de alguna de las múltiples ayudas del Gobierno o, por ejemplo, por haber sido madre durante el año pasado, o tener más de un pagador.
Debemos recordar que confirmar el borrador no supone eximirse de responsabilidad si el resultado es erróneo, porque no siempre hacienda tiene todos los detalles ene este momento que sí deben incorporarse en la declaración. También es importante revisar que se estén aplicando todas las deducciones, porque, evidentemente, hacienda si puede «barrerá para casa».
En concreto, muchos van a descubrir que tanto el cheque único de 200 euros por bajo nivel de ingresos, el dinero utilizado del bono cultural joven, valorado en hasta 400 euros, y el bono de alquiler joven de 250 euros al mes se consideran ganancias patrimoniales que tributan en el IRPF. No obstante, para los dos primeros casos Hacienda estima que si un contribuyente obtiene exclusivamente rendimientos del trabajo de un pagador por una cuantía inferior a 22.000 euros anuales y recibe estas ayudas, al ser por un importe inferior a 1.000 euros anuales, no está obligado a presentar declaración. Para la subvención al alquiler, el fisco indica que aquellos beneficiarios en situación de vulnerabilidad también estarán exentos de su tributación.
Deducción por nuevos miembros en la familia
Por otro lado, aquellas personas que hayan sido madres recientemente podrán deducirse hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años, siempre y cuando en el momento del nacimiento del menor la madre percibiera una prestación contributiva o de desempleo. También podrán descontarse del IRPF los 100 euros al mes (1.200 anualmente) aquellas madres que tras dar a luz estén dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad, en este último caso con un mínimo de 30 días cotizados.
El importe se podrá aumentar hasta en 1.000 euros adicionales cuando el beneficiario de la desgravación hubiera tenido gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados. Además de 2022, los años 2021 y 2020 también podrán ser deducibles por parte de las madres, que dispondrán de una casilla específica en Renta WEB.
Ayudas agrarias
Las ayudas del Gobierno y la prórroga a la desgravación no son las únicas novedades. Durante 2022 los elevados precios energéticos han afectado a un amplio abanico de sectores, especialmente al agrícola, debido a su exposición a los costes de piensos, combustibles y fertilizantes que se han encarecido notablemente. En este caso, en la próxima declaración las actividades agrícolas y ganaderas podrán reducir hasta un 35% el precio de la adquisición del gasóleo agrícola y en un 15% la de fertilizantes. En ambos casos, la compra de estos insumos se deben haber efectuado en el ejercicio 2022 y figurar documentadas en facturas emitidas en dicho período.
Grandes fortunas
A diferencia del impuesto a la banca y energéticas, este año sí que aplicará el gravamen a las grandes fortunas. El Gobierno estableció el pasado diciembre que quienes tengan un patrimonio neto superior a 3 millones de euros tendrán que abonar anualmente el equivalente al 1,7% de su riqueza, para los patrimonios situados entre 3 y 5 millones de euros; el 2,1%, en el caso de los patrimonios de entre 5 millones y 10 millones, y el 3,5%, para patrimonios superiores a 10 millones de euros.
Se reducen las bases de los planes de pensiones
Las aportaciones personales a sistemas de previsión social, como los planes de pensiones, se reducirá desde los 2.000 a los 1.500 euros anuales. Sin embargo, los planes de pensiones empresariales han sido aumentados desde los 8.000 a los 8.500 euros, por lo que el monto total no baja de los 10.000 euros de desgravación.
Mínimos personales en Andalucía, Galicia, Valencia y Madrid
Las Comunidades Autónomas de Andalucía y de Galicia, y la Comunitat Valenciana han establecido por primera vez para 2022 las cuantías correspondientes al mínimo del contribuyente y a los mínimos por descendientes, ascendientes y discapacidad cuyas tablas se pueden consultar aquí. Asimismo, la Comunidad de Madrid, que tenía aprobado importes del mínimo por descendientes, pasa a regular la totalidad de los importes correspondientes al mínimo del contribuyente, mínimos por descendientes, por ascendientes y por discapacidad.
Obras de eficiencia energética
En la presente campaña se prorroga un año el plazo para deducirse las obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas. En este caso, el contribuyente puede restar hasta un 20% del precio de las obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2022 sobre una base máxima de 5.000 euros si la obra realizada reduce al menos un 7% la demanda de calefacción o refrigeración. También, para obras mayores, el declarante podrá desgravarse hasta un 40% de las obras de hasta 7.500 euros, que reduzcan en un 30% el consumo de energía no renovable.
Viviendas turísticas
Dentro del apartado de los rendimientos del capital inmobiliario, el fisco ha incluido la obligación de informar de la cesión de uso de vivienda con fines turísticos.
El equipo de Ley 57 Consulting está a su disposición en el teléfono 900 64 92 90 y en el 951 77 52 53. Solicite su cita ahora.
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