13 de junio de 2018
El Juzgado de 1ª Intancia nº 12 de Málaga ordena al Banco Popular que devuelva las cantidades anticipadas al promotor.
Antonio compró un piso en una urbanización actualmente abandonada en su estructura, en la localidad de Fuengirola. AIFOS se declaró insolvente (entró en concurso de acreedores en el año 2009) y nunca se le devolvió el dinero.
Ahora el Juzgado de Primera Instancia Número 12 de Málaga valora que «La vivienda nunca llegó a entregarse, habiéndose incumplido así la obligación de entrega de las viviendas por la promotora Aifos que fue declarada en concurso de acreedores, acordándose también la resolución universal de los contratos de compraventa suscritos según consta documentalmente, declarándose la existencia de la deuda de las cantidades entregadas a cuenta por el comprador» y condena al banco como avalista de AIFOS, declarando que «Así, si la entidad bancaria avaló las obras de urbanización y la promoción,
hemos de concluir que era sabedora del deber de ingreso de los pagos de los compradores en una cuenta especial, extremo que debió indicar al promotor, y en todo caso, exigirle la presentación de aval o seguro que garantizase la devolución de dichos ingresos, no pudiendo ahora alegar que era un tercero y que solo se le pidió que avalara las obras de urbanización.»
Antonio, que contactó con la plataforma SOS Viivenda (Tlf. gratuito 900 64 92 90), coordinada por Ley 57 Abogados, da así un paso importante en la recuperación de las cantidades, con la tranquilidad de saber que hasta el momento la Audiencia Provincial de Málaga también apoya su reclamación (Ver más información sobre esto pulsando aquí).
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