4 de mayo de 2018
En un asunto en el que Ley 57 Abogados representaba a la acusación particular, la Audiencia Provincial de Alicante ha notificado a las partes la denegación del indulto solicitado por un promotor condenado por apropiación indebida, ordenando su entrada en prisión.
En su resolución da cuenta del rechazo acordado por el Consejo de Ministros del día 16 de marzo y
«PRIMERO.- Vista la resolución adoptada en fecha día 16 de Marzo de 2018 por el
Consejo de Ministros, por la que no ha sido considerada oportuna la concesión del indulto que
venía interesado por el penado MSR, procede levantar la suspensión de la
ejecución de la pena y, en consecuencia, continuar con el cumplimiento de la presente
ejecutoria.-«, ordenando su busca y captura.
El empresario había sido condenado por la Audiencia Provincial a dos años de prisión, habiendo rechazado la suspensión de la pena pues «El penado no ha hecho frente a las responsabilidades civiles ni en su totalidad ni parcialmente, ni ha presentado calendario de pagos para poder ser estudiado», pena que fue ratificada por el Tribunal Supremo, y que ahora debe de ejecutarse.
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