14.4.2018
La sección quinta de la Audiencia Provincial de Málaga dicta sentencia por la que ambos bancos deben devolver lo anticipado por un comprador de AIFOS.
Coincidiendo prácticamente con el enjuiciamiento del que fue administrador de la promotora, por alzamiento de bienes, la sala considera que Banesto (ahora Santander) y Banco de Andalucía (ahora Popular, también del grupo Santander) han de devolver lo anticipado por un afectado de una promoción de San Fernando (Cádiz), que había notificado a AIFOS más de 60.000,00 euros, en un asunto defendido por el departamento de consumo de Ley 57 Abogados. (Coordinador de SOS vivienda Tlf. 900 64 92 90)
Así, los documentos que se le entregaron por la promotora revelan la existencia de sendas líneas de avales para cubrir importes anticipados por clientes, lo que en aplicación de la doctrina del Tribunal Supremo reiterada desde el año 2015, permite a estos compradores recuperar su dinero con sus intereses.
La sentencia confirma la dictada por el Juzgado de primera Instancia 2 de Málaga, sumándose a una larga lista de sentencias favorables a compradores cuyas casa nunca se terminaron.
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