28.2.2015
Un pequeño apartado del R.D.L. 1/2015, de 27 de Febrero, publicado hoy, se refiere al código de buenas prácticas bancarias en este sentido:
«iv. En todo caso, se inaplicarán con carácter indefinido las cláusulas limitativas de la bajada del tipo de interés previstas en los contratos de préstamo hipotecario.»
Por tanto, si estás incluido en las condiciones del Código de Buenas prácticas, tu banco deberá atender la reclamación de eliminar los efectos en tu hipoteca de la aplicación de la cláusula suelo.
Ley 57 Abogados, en su compromiso de defensa de los derechos del consumidor, estará a tu lado en la redacción, presentación y negociación para que la cláusula suelo desaparezca de tu vida.
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