23 de marzo 2020
Uno de los efectos colaterales del Decreto de establecimiento de la alarma en el Estado supone de facto la extensión de plazos que de otro modo hubieran expirado en octubre.
El recorte de los plazos de prescripción establecido en la pasada legislatura hacía que reclamaciones como las de Juan (nombre ficticio de quien entregó a AIFOS 43.000 euros a cuenta de una vivienda en Fuengirola que nunca se terminó) hubieran prescrito el 7 de octubre de este año.
Sólo quienes hubieran iniciado la reclamación antes de ese día tendrían la oportunidad de reclamar a la entidad financiera que hubiera avalado a la promotora o hubiera recibido su dinero sin tal aval. Cientos de afectados de AIFOS y otras promotoras lo han hecho ya con éxito, pero el plazo se acababa.
Muchas familias todavía desconocen que el Tribunal Supremo sentenció que la entidad que hubiera recibido los importes de los compradores de viviendas sobre plano, sin cerciorarse de la existencia de las garantías para su devolución si la vivienda no se entregaba en plazo, eran responsables de su devolución.
Una vieja ley, del año 1968, obligaba a las promotoras a contratar esa garantía y a responsabilizarse del fracaso del proyecto si no lo hacían.
También sentenció que si la promotora había contratado un aval general, este extendía sus efectos a todos los compradores, que no tenían por qué saber que debían obtener un certificado individual.
Para estas familias, la suspensión de plazos de prescripción establecida en el R.D. 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, implica una extensión de plazo que les permite emplear estos días para localizar la documentación que necesita para reclamar, muchas veces olvidada en un cajón.
Por tanto para ella la crisis causada por la pandemia del COVID 19 supone una prórroga “de facto” a su posibilidad de recuperar los ahorros destinados a una vivienda sobre plano no entregada en plazo, prórroga que se extenderá tanto como dure el estado de alarma.
La plataforma SOS Vivienda (Teléfono gratuito 900 64 92 90) recuerda a estas familias que en estos días sus abogados siguen trabajando, la mayoría por teletrabajo, por lo que pueden emplear esta oportunidad para localizar las pruebas de la que fue la compra frustrada,
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