Se acerca la campaña de renta. ¿Estás segur@ de simplemente tener que confirmar el borrador?

15 de marzo 2022

Artículo de Martín Brotat. Abogado-Economista. Ley 57.

Un año más nos encontramos en este momento del año en el cual tenemos que hacer cuentas con Hacienda. Se trata de la campaña del IRPF. Una sucesión de emociones sobre lo que se debería de haber hecho y no se hizo en el ejercicio cerrado ya. Tal y como viene siendo el calendario frecuente, se podrán empezar presentando a partir del 6 de abril de 2022, finalizando el plazo el día 30 de junio de 2022. 
Para l@s profesionales / autónom@s es imprescindible que su renta la realice un profesional.
Para l@s trabajadores por cuenta ajena, la tentación siempre es confirmar simplemente el borrador en vez de acudir a un profesional que lo revise y pagarle unos normalmente moderados honorarios.

¿Es esto una buena idea?

Diría a quien lea este artículo, que no. No es una buena idea, pues en demasiadas ocasiones hemos detectado que Hacienda «barre para casa» y «olvida» practicar algunas deducciones a las que tenemos derecho. Otras veces pensamos que no tenemos obligación de hacer la declaración, pero revisado el asunto, resulta que sí. En este caso pueden venir sanciones elevadas.
En la mayoría de las ocasiones la intervención profesional ahorra dinero.
Cierto que este año no tenemos grandes novedades pero sí es cierto que hay algunas que pueden resultar muy importantes, tanto de forma positiva como negativa.  Pasamos a comentarlas:
Positiva. 
En este ejercicio se pueden realizar deducciones por obras destinadas a mejorar la eficiencia energética de la vivienda. Una novedad que se aplicará también en las siguientes campañas de la Renta. Las deducciones son diferentes según la reforma realizada. Las obras tienen que haber sido realizadas a partir del 6 de octubre de 2021
Para ello, es necesario que quede acreditado mediante el certificado de eficiencia energética de la vivienda expedido por el técnico competente después de la realización de las obras. Las deducciones que conforman esta iniciativa son las siguientes:

Deducción de un 20% por obras para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración en viviendas que hayan reducido en, al menos, un 7% la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración. Esta deducción no se aplicará en el caso de “elementos comunitarios”.  Máximo 5.000 € .

Deducción de un 40% por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable realizadas. Máximo 7.500€. Hasta el 31 de diciembre de 2022.
Deducción de un 60% por obras de rehabilitación energética realizadas en viviendas del titular de uso residencial, así como en sus trasteros y plazas de garaje Base máxima 5.000€ anuales. Hasta el 31 de diciembre de 2023.
Negativa. 
Se han reducido las desgravaciones de planes de pensiones privados individuales a 2.000 euros como aportación máxima.
De la misma forma, para finalizar, partiendo de la configuración del impuesto, será importante ver lo que cada C.C.A.A. ha legislado en cuanto al IRPF en tanto en cuanto tienen la capacidad de añadir bonificaciones y deducciones así como de subir o bajar los tipos del tramo autonómico.
Concretamente, a modo de ejemplo, este es un resumen de la C.C.A.A de Andalucía dónde se pueden ver los tipos y las bonificaciones y deducciones vigentes para esta campaña de la renta:

 

Escala autonómica

La Comunidad Autónoma de Andalucía ha aprobado la escala a la que se refiere el artículo 74 de la Ley 35/2006, del IRPF. Se encuentra recogida en los artículos 17 y DT 3ª (dependiendo el ejercicio impositivo) del Decreto Legislativo 1/2018.

Ver escalas.

Deducciones

Como puedes ver, si nadie revisa tu borrador hay cosas que se te pueden escapar. No pierdas la oportunidad y solicita una cita con nosotros en el 900 64 92 90. Llamada gratuita.

 

¡Llama a nuestro teléfono gratuito 900 64 92 90!

A %d blogueros les gusta esto: