31 de Julio 2015
Los compradores de pisos sin entregar se organizan y reclaman a la administración concursal el conocer el destino de las cantidades que entregaron a cuenta de las que debieron de ser sus viviendas.
Se trata de una iniciativa de la plataforma de afectados por la liquidación de AIFOS, representada por Ley 57 Abogados (Carlos Cómitre) , y los despachos Jurado Grana y Berrocal.
De acuerdo con la Ley 57/1968, de 27 de Julio, en vigor hasta el 31 de Diciembre de este año, aquellos bancos que hubieran recibido en sus cuentas depósitos de clientes y no hubieran exigido la garantía obligatoria de devolución de las cantidades anticipadas, son responsables del buen fin de ese dinero en solidaridad con el promotor, como así lo indicó el tribunal Supremo en su Sentencia del 16 de Enero de 2015, siendo hoy por hoy la única vía para que los afectados puedan recuperar su dinero.
Esta información ya se había solicitado de forma amistosa, sin éxito, siendo la administración concursal actualmente la única que puede disponer de esa información, pues, hoy por hoy, son los únicos representantes legales de la entidad.
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