20.11.2015
Dos años de prisión, cuatro de inhabilitación y devolver 7000 euros.
Eso le ha costado a un presunto promotor de Málaga que hace años convenció a un joven en Mijas para invertir todos sus ahorros en un piso que nunca se construyó.
En un asunto, cuya acusación particular fue ejercida por los letrados de Ley 57 Abogados, la Audiencia Provincial de Málaga concluye que el condenado se apropió de un dinero que tenía que haber dedicado a construir y que debía haber sido garantizado conforme a la ley 57/1968.
Ni uno ni lo otro ocurrió, y el resultado es la condena referida.
La Sala recuerda la obligación de los promotores de garantizar las cantidades entregadas a cuenta de la construcción y la prohibición de mezclar lo recibido como anticipo con el patrimonio propio, llegando a plantearse serias dudas sobre si realmente no habría sido una estafa.
Lo que sí considera probado es la comisión de un delito de apropiación indebida, en su modalidad agravada, reconociendo el trabajo de la acusación particular.
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