21 de Mayo de 2017
Se cumplen los tres meses dados por el gobierno para responder a las primeras reclamaciones reguladas por el Real Decreto 1/2017 sobre cláusulas suelo.
El 20 de Enero de este año se publicó la norma que debía regular las reclamaciones sobre cláusulas suelo, que concedía a los bancos una moratoria de un mes para adaptarse y tres meses para responder a las reclamaciones.
Hemos de recordar que el origen de todo este asunto se debe a las malas prácticas bancarias cometidas por la mayoría de las entidades al establecer y ocultar los tipos mínimos de interés en sus hipotecas.
Tras centenares de peticiones tramitadas por la alianza legal Business and You, formada por los despachos Ley 57 Abogados, Jiménez y Asociados y Gonzalez Pérez Abogados, podemos llegar a las siguientes conclusiones:
1ª.- El 80% de los afectados no reclama. Llevados por el desconocimiento, la intoxicación informativa de los bancos, la falta de tiempo para atender cuestiones personales, o la mera desidia, la mayoría de los afectados no ha iniciado el proceso de reclamación, razón por la cual los bancos redujeron las provivsiones para atender las reclamaciones.
2ª.- El 80% de las peticiones no se contestan en plazo. Resultado de la falta de sanciones reguladas en el propio decreto, la banca puede no contestar o no hacerlo en plazo, disfrutando de los «tres meses de paz» dados por el gobierno.
3ª.- Ofertas telefónicas. Pese a que la norma obliga a responder por escrito, con detalle del resultado del cálculo y oferta de devolución en efectivo, los directores de las oficinas reciben instrucciones de sus superiores para citar a los clientes y relizarles ofertas verbales contrarias a la ley. En esa reunión no se reconoce que la entidad había «colocado» el suelo y simplemente argumentan la oferta por «motivos comerciales».
4ª.- Errores en los cálculos. De las ofertas analizadas un alto porcentaje no contempla los tipos de interés realmente vigentes ni las bonificaciones a las que pudiera tener derecho.
5ª.- Compensaciones engañosas. Alguna entidad financiera de Andalucía no sólo llama a sus clientes y pone en cuestión el trabajo realizado por sus abogados, si no que además no ofrecen compensaciones en efectivo, lo que es contrario a la norma.
6ª.- Ninguna entidad responde a otras peticiones como pueden ser la compensación de los gastos o modificación de otras condiciones de la hipoteca.
7ª.- Negativas. Más del 50% de las reclamciones que se reponden son denegadas, bien por el argumento de considerar la cláusula «trasparente» o bien por el argumento de haberse modificado anteriormente a la reclamación las condiciones de las hipotecas, lo que supone un doble engaño al consumidor.
8ª.- Pese a todo, en decenas de casos la respuesta ha dado pie a una negociación por parte de los abogados en nombre de sus clientes lo que ha llevado a alcanzar pactos compensatorios aceptables y decenas de clientes han recuperado ya miles de euros.
9ª.- Centenares de escrituras revisadas nos hacen conocer la extensión de las malas prácticas. Muy pocas entidades bancarias no introdujeron en sus hipotecas apartados como «Cláusulas suelo», y tods las escrituras analizadas contienen pactos contrarios a la ley en apartados como el interés de demora o vencimiento anticipado.
10ª.- Los afectados atendidos por nuestros despachos reciben informes personalizados tanto de sus hipotecas como del resultado de su reclamación, como paso previo al acuerdo con el banco o a la reclamación judicial.
La valoración que puede hacerse del decreto es claramente negativa, sin que se note en las entidades un cambio de actitud al poner todo tipo de trabas a las reclamciones, al no querer proporcionar al cliente datos esenciales de us propias hipotecas, no aceptar reclamaciones, sólo aceptarlas por internet… (Ver artículo anterior en este sentido pulsando aquí).
Sin embargo hemos de manifestar que hasta el momento el 100% de las demandas planteadas por la alizanza legal Busines and You (Ley 57 Abogados, Jiménez y Asociados y Gonzalez Pérez Abogados) han tenido resultado satisfactorio, consiguiendo sentencias que han eliminado de las hipotecas la totalidad de las cláusulas abusivas, consiguiendo elevadas compensaciones o incluso eliminando el IRPH de las hipotecas, índice que los juzgados de primera instancia han considerado «poco trasparente» y nulo.
«Sólo el que reclama puede conseguirlo. Acude a tu abogado para exponerle tu asunto.» es el consejo que puede darse a los afectados. Solicita tu cita en el 951 77 52 53. (Despachos en Alhaurín el Grande, Marbella-San Pedro Alcántara y Monda).
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