La Audiencia Provincial de Málaga permite a un vecino de Coín recuperar lo perdido en un piso de AIFOS

22 de mayo de 2018

La Audiencia Provincial de Málaga ha dictado una sentencia que desestima el recurso de la entidad bancaria.

Tras varios años de batalla judicial, finalmente la sección 4ª de la Audiencia Provincial de Málaga,  tras destacar que «El recurso interpuesto por la entidad demandada es, ciertamente, poco
ortodoxo desde un punto de vista procesal«, pone fin a la misma desestimando su recurso, y confirmando la sentencia que obtuvo este vecino de Coín que había comprado unpiso en Fuengirola en la que debía de ser la urbanización «Cortijo de Torreblanca», ahora abandonada.

La Sala considera que «hemos de anticipar el fracaso de todos los motivos alegados, pues en definitiva lo que pretende la entidad recurrente es sustituir el criterio objetivo e imparcial del magistrado de instancia por el propio, subjetivo e interesado, y es que analizadas las alegaciones de las partes a la luz de
las pruebas practicadas, llegamos a idénticas conclusiones que las vertidas en la sentencia recurrida, que en modo alguno pueden calificarse de ilógicas, arbitrarias o contrarias a las reglas dictadas por la sana crítica y por las máximas de experiencia».

También indica que «No debe pesar sobre el comprador que ha entregado cantidades a cuenta la actuación gravemente negligente o dolosa del promotor que deja de requerir los certificados o avales individuales«, considerando a la entidad bancaria responsable como avalista de la promotora.

Así se cierra con éxito este asunto, defendido por Ley 57 Abogados, coordinador de la plataforma SOS Vivivenda (Teléfono gratuito 900 64 92 90).

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