Quien lea este artículo pensará que no tiene problema alguno, fallecida la persona… pues se acabó el proceso. Pero en la mayoría de las ocasiones con la persona convivía alguna otra persona que puede poner obstáculos al abandono del inmueble aun sin tener el derecho alguno a su ocupación.
Extinguido el usufructo como paso previo recomendable, la mejor opción procesal depende del objetivo del propietario (o los herederos) y del marco legal que ampare al hijo. Si el propietario desea recuperar la posesión de la vivienda, y el ocupante no tiene un título legal para permanecer en ella, el procedimiento de desahucio por precario sería la vía más adecuada.Procedimiento de desahucio por precario:
El desahucio por precario es un procedimiento judicial que se aplica cuando una persona ocupa una vivienda sin tener derecho a ello (por ejemplo, sin contrato de arrendamiento, título de propiedad, o usufructo). En este caso, el hijo que continúa ocupando la vivienda tras el fallecimiento de la usufructuaria podría considerarse en situación de precario si no posee ningún derecho de ocupación legal.
Pasos procesales:
- Requerimiento extrajudicial (opcional pero recomendable): Antes de iniciar el proceso judicial, se puede enviar un burofax o notificación fehaciente al hijo ocupante (buromail, burosms incluso, solicitando que abandone la vivienda. Esto podría evitar el litigio y facilitar una resolución amistosa.
- Demanda de desahucio por precario: Si el ocupante se niega a abandonar la vivienda, el propietario debe presentar una demanda de desahucio por precario en el juzgado competente. En la demanda se debe acreditar que:
- El propietario o heredero tiene el título de propiedad o es quien tiene derecho a la posesión.
- El ocupante no tiene un título legal que le ampare para seguir ocupando la vivienda.
- Admisión de la demanda y emplazamiento: Una vez presentada la demanda, el juzgado citará al ocupante para que conteste en un plazo de 10 días.
- Vista judicial: Si el ocupante no presenta alegaciones o la defensa no prospera, se celebrará una vista en la que el juez valorará los títulos de propiedad y las alegaciones del ocupante. Si no existen motivos legales que amparen al hijo para permanecer en la vivienda, el juez dictará una sentencia a favor del desalojo.
- Ejecución de la sentencia: Si el juzgado falla a favor del propietario, se dictará una orden de desalojo y se establecerá una fecha para que el hijo desaloje voluntariamente la vivienda. En caso de incumplimiento, se procederá a un desalojo forzoso con la intervención de la autoridad competente.
Ventajas de esta vía:
- Rapidez: A pesar de la alarmante y generalizada lentitud de la usticia, el proceso de desahucio por precario suele ser más ágil que otros tipos de procedimientos civiles, dado que el ocupante no tiene título legal que justifique su estancia.
- Seguridad jurídica: Si el propietario tiene claramente la titularidad de la vivienda, el procedimiento está bien respaldado por la ley.
Recordemos que cualquier actuación de presión hacia el ocupante, como cortar la luz, dejar de pagar los suministros, cambiar una cerradura… no está amparada en derecho.
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