22.7.2015
El BOE de hoy publica la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en una extensa reforma que, en lo que atañe a los consumidores y afectados por cláusula suelo, supone una solución política a la saturación patológica de los Juzgados Mercantiles.
Y es que desde Octubre de 2015 los Juzgados Mercantiles perderán la competencia de los asuntos individuales de condiciones generales de contratación y protección del consumidor, quedando en manos de los Juzgados de Primera Instancia el conocimiento de estos asuntos (en cada pueblo o ciudad el Juzgado que le toque, o donde se decida pleitear de acuerdo con el Juzgado de Instancia que pueda ser competente).
Esto supone que, tras años de especialización, el Juzgado Mercantil, reduce sus competencias al no poder (o a la falta de intención política) dar salida a la multitud de reclamaciones recibidas.
Lado positivo: Los asunto nuevos no durarán lo que ahora duran.
Lado negativo: ¿Cada Juzgado un criterio?
Veremos.
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