Sobre las ayudas COVID Junta Andalucía a empleados y empresas (I)

29 de marzo 2021

El pasado 25 de marzo de 2021 se aprobaron parte de las ayudas que la Junta de Andalucía va a poner en marcha para apoyar a personas y empresas tras el COVID-19.

El B.O.J.A. de hoy publica los primeros extractos de la convocatoria de las subvenciones abriendo un plazo de 15 días para algunas de las solicitudes.

Principalmente, son 3 líneas las que se han aprobado, con los siguientes detalles:

a) Medidas para parte del sector turístico.

Se trata de un importe fijo de 3.000,00 € para las siguientes empresas:

  • Empresas organizadoras de turismo activo
  • Empresas de casas rurales
  • Empresas de guías de turismo

Entre las características de este incentivo resulta preciso haber tenido una cada de ingresos superior al 20 % y que la empresa a 31 de diciembre de 2019 no se encontrará en crisis.

b) Medidas para el mantenimiento de empleo.

Se trata de una ayuda para aquellas empresas o personas físicas que hayan estado afectadas por un ERTE. La subvención aprobada está ligada a un indicador llamado Factor de Actividad, y en la práctica supondrá una cuantía de 505 euros al mes por empleo subvencionado durante un máximo de cuatro meses. El tope máximo de la ayuda alcanza los 30.300 euros. (20 trabajadores X 505 € X 4 meses X 75 %) El Factor de Actividad será calculado de oficio por el SAE y representa el número de trabajadores en alta a jornada completa más la parte proporcional de jornada de los trabajadores a tiempo parcial. Si el factor de actividad es menor o igual a cinco trabajadores en alta, la ayuda resultante que recibirá la empresa corresponde a multiplicar el 65% de este índice por 2.020 euros. Si el factor de actividad es mayor de cinco trabajadores en alta y hasta 20, que es el tope máximo para recibir la ayuda, se multiplica el 75% de este índice por 2.020 euros.

 

Hemos calculado que la subvención mínima es de 1313 € por cada persona (con la obligación de mantenerla en alta durante 4 meses) a jornada completa equivalente. Dos personas al 50 % de jornada serán como una persona completa a jornada completa a estos efectos.

 

En el caso de sociedades uno de los requisitos será que la base imponible del Impuesto de sociedades del 2019 haya sido positiva.

 

c) Medidas para apoyar a las personas que hayan estado en ERTE.

Se trata de una subvención directa para los trabajadores que hayan estado en ERTE total desde el 14 de marzo hasta el 30 de abril de 2020. Se trata de un importe fijo de 210,00 € por persona (su abono se prevé sea automático salvo renuncia expresa).

 

Todas estas ayudas van a ser por estricto orden de entrada por lo que interesa estar los primeros. Por ello, les recomendamos que se pongan en contacto con nosotros para no demorar el trámite y quedarse fuera de la convocatoria.

 

¡Llama a nuestro teléfono gratuito 900 64 92 90!

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