15 de septiembre 2017
Un Juzgado de Madrid condena a la compañía de seguros del promotor a devolver lo anticipado por el comprador de la vivienda.
Compraron en el año 2006 y el plazo de entrega fue superado. Después de múltiples litigios, finalmente el Juzgado de Primera Instancia número 72 de Madrid ha fallado en favor de los compradores que reclamaban la devolución de su dinero.
La sentencia dictada en el asunto, defendido por los letrados de Ley 57 Abogados – SOS Vivienda, considera que, pese a que la aseguradora en su póliza habría ampliado el plazo de entrega, sin consentimiento de los compradores, debe prevalecer el indicado en el contrato de compra-venta.
Así, finalmente, la compañía de seguros debe de indemnizar con más de 81.000,00 euros a esta familia de Estepona, más intereses.
Para asuntos semejantes la plataforma SOS Vivienda ha habilitado un teléfono gratuito, el 900 64 92 90, donde podrá contactarse con letrados especialistas en la materia.
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