EL TRIBUNAL SUPREMO DICTARÁ SENTENCIA SOBRE EL IRPH EL 30 DE SEPTIEMBRE.

Artículo de Andrés Bonilla García. Abogado de Ley 57 Abogados.

El próximo 30 de septiembre el Tribunal Supremo decidirá sobre la validez del índice IRPH tras el fallo del TJUE.

No es la primera vez que hemos escrito en nuestra web sobre la cláusula del índice IRPH. A lo largo del presente artículo recordaremos algunas de esas entradas e, igualmente, te mostramos el video de YOUTUBE en el programa Andalucía Directo.

 

 

Recordemos que en 2017 nuestro Alto Tribunal ya sentenció que la cláusula IRPH era válida y no estaba sujeta al control de transparencia. Varios meses después de esto el Juzgado de Primera Instancia número 38 de Barcelona elevó una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea con preguntas acerca del índice IRPH, su validez y, en caso de poder ser declarado nulo, las consecuencias de esa nulidad.

Dos años tardó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en dictar Sentencia sobre el asunto, concretamente el 3 de marzo de 2020, y dejó en manos de los Tribunales Españoles el análisis sobre la posible abusividad de la cláusula todo ello dando unas pautas para la realización de dicho análisis.

Como consecuencia de esta Sentencia se produjeron numerosas resoluciones judiciales, algunas contradictorias entre sí, sobre la validez del índice IRPH. En nuestra web ya analizamos algunas de estas resoluciones:

https://ley57.com/blog/primeras-sentencias-sobre-irph-tras-el-fallo-del-tjue/

También analizamos la corriente seguida por la Audiencia Provincial de Málaga en relación al índice IRPH en este artículo.

https://ley57.com/blog/la-audiencia-provincial-de-malaga-anula-un-irph-y-sustituye-por-euribor-banco-debe-devolver-la-diferencia/

Ahora, después de 3 años desde que el Tribunal Supremo dictó Sentencia dando por válido el índice IRPH el asunto vuelve a estar en manos del Alto Tribunal pero esta vez con un dictado claro desde Europa: El índice IRPH no está excluido del ámbito de aplicación de la Directiva 93/13 y, en consecuencia, debe estar sujeto al control de transparencia.

Estaremos a la espera de esta nueva resolución y deseamos que la misma sea beneficiosa para los intereses de los consumidores.

Como siempre desde Ley 57 Abogados pedimos a nuestros clientes que ante alguna duda sobre si pudieran tener una hipoteca referenciada al índice IRPH procedan a buscar la documentación relativa a su hipoteca sobre todo escritura de préstamo hipotecario y se pongan en contacto con nosotros por los canales habituales para que podamos realizar un análisis de viabilidad de su caso, lo que pueden hacer en el Teléfono 900 64 92 90.

¡Llama a nuestro teléfono gratuito 900 64 92 90!

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