¿Por qué Ley 57 cobra sus citas?

Si llega a estas líneas es porque se ha interesado por una cita con una abogado o abogada de Ley 57. Siendo la cita online (mediante llamada, videollamada o zoom) o presencial en alguna de nuestras sedes en Madrid, Málaga, Marbella o Alhaurín el Grande.

Es posible que su cita sea de una temática calificada como «de pago» (según el grado de especialización requerido) y por ello se le ha solicitado el abono de la misma sabiendo que otros despachos de abogados quizás no le hubieran pedido «nada» por esa primera cita, o, inicialmente, no le han informado de los posibles costes ocultos de su cita.

Desconocemos si en esa cita «gratuita» usted hallaría el mismo grado de formación y profesionalidad que el que puede encontrar en el equipo de Ley 57.

Cada uno y cada una de los miembros del equipo de Ley 57 dedica a su formación un número importante de horas al año para dedicarlas a usted (y por tanto reduciendo sus posibles horas de ocio o de trabajo en otros asuntos), y para llegar a ejercer como letrados/as han tenido que superar, cuando menos, una dura carrera y un master, y numerosos cursos de especialización, lo que le garantiza a usted la seguridad de hallar en ellos y ellas la respuesta correcta.

Como seguro que le han explicado, si finalmente de su consulta deriva la contratación de un servicio que debamos realizar para usted, del presupuesto que se le realice lo abonado por la consulta será descontado.

En Ley 57 valoramos el tiempo de nuestros clientes y amigos del mismo modo que valoramos el tiempo de nuestros letrados y letradas. Es el bien más preciado e irreemplazable del ser humano.

Gracias por elegir Ley 57.

¡Llama a nuestro teléfono gratuito 900 64 92 90!

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